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El Registro Civil de Reus es la oficina pública encargada de inscribir los hechos y actos que afectan al estado civil de las personas en el municipio y de expedir las certificaciones correspondientes.
Entre los actos inscribibles se encuentran el nacimiento, el matrimonio civil y la defunción, así como las modificaciones posteriores que afecten al estado civil.
Esta página ofrece información orientativa sobre sus funciones, la necesidad de cita previa y el marco legal aplicable.
Registro Civil Cita Previa es un portal informativo independiente.
No gestionamos trámites ni solicitamos citas en nombre de los usuarios. Los certificados oficiales son emitidos exclusivamente por la Administración Pública competente.
El funcionamiento del Registro Civil está regulado por la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
Esta norma establece un sistema registral electrónico único para todo el territorio nacional, con el objetivo de mejorar la seguridad jurídica y facilitar el acceso a la información registral.
Conforme a esta ley, el Registro Civil da fe pública de los hechos y actos que afectan al estado civil y regula el régimen de publicidad registral mediante certificaciones oficiales.
El Registro Civil de Reus se encuentra situado en Avenida de Marià Fortuny, 73, 43204, Reus, Tarragona.
El horario del Registro Civil de Reus es de Lunes a Viernes de 9:00-14:00
Entre las actuaciones habituales se encuentran:
Inscripción de nacimiento.
Inscripción de matrimonio civil.
Inscripción de defunción.
Expedientes matrimoniales.
Cambio de nombre o apellidos.
Rectificaciones registrales.
Expedición de certificaciones oficiales.
Algunos procedimientos exigen comparecencia personal, mientras que otros pueden gestionarse sin presencia física, dependiendo de la actuación.
El Registro Civil de Reus expide directamente:
Certificado literal de nacimiento
Documento que acredita oficialmente el nacimiento y sus datos registrales.
Se utiliza para trámites como DNI, pasaporte, nacionalidad o matrimonio.
Certificación oficial de la celebración del matrimonio civil.
Documento necesario para herencias, seguros y otros trámites posteriores al fallecimiento.
Estos certificados son gratuitos cuando se solicitan por los canales oficiales de la Administración.
La cita previa suele ser obligatoria cuando el trámite implica:
Comparecencia personal ante el Encargado del Registro Civil.
Declaración formal o firma presencial.
Tramitación de expediente matrimonial.
Rectificaciones que requieran intervención directa.
Para la simple expedición de certificados ya inscritos, puede no ser necesaria la presencia física, especialmente si el asiento está digitalizado en el sistema electrónico.
La cita debe solicitarse exclusivamente a través de los canales oficiales habilitados por la Administración.
Algunos procedimientos requieren previamente un certificado del Registro Civil, aunque no son emitidos por esta oficina:
Certificado de últimas voluntades.
Certificado de seguros con cobertura por fallecimiento.
Apostilla de La Haya para uso en el extranjero.
La información publicada tiene carácter orientativo y puede estar sujeta a cambios conforme a la normativa vigente.
Este sitio web no pertenece a la Administración Pública.