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El Registro Civil de Lleida es el organismo público encargado de inscribir los hechos y actos relativos al estado civil de las personas en el municipio y de expedir las certificaciones correspondientes.
Las inscripciones practicadas en el Registro Civil tienen plena validez jurídica y constituyen prueba oficial de los hechos inscritos.
El Registro Civil se rige por la Ley 20/2011, del Registro Civil, que implantó un modelo electrónico único para toda España.
Este sistema registral electrónico permite la integración de datos en una base común y facilita la expedición de certificaciones cuando los asientos estén digitalizados.
El objetivo es reforzar la seguridad jurídica y simplificar el acceso del ciudadano a la información registral.
El Registro Civil de Lleida está situado en Carrer del Canyeret, 8, 25007, Lleida, Barcelona.
El horario de atención al público es de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.
Se recomienda presentarse en el mostrador del Registro Civil cinco minutos antes de la hora concertada. En determinadas fechas de los meses de julio, agosto y septiembre solo se podrá pedir cita previa para el trámite de inscripción de nacimiento.
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Entre las actuaciones más frecuentes se encuentran:
Inscripción de nacimiento.
Inscripción de matrimonio civil.
Inscripción de defunción.
Expedientes matrimoniales.
Cambios de nombre y apellidos.
Rectificaciones registrales.
Expedición de certificaciones oficiales.
Entre las actuaciones más frecuentes se encuentran:
Inscripción de nacimiento.
Inscripción de matrimonio civil.
Inscripción de defunción.
Expedientes matrimoniales.
Cambios de nombre y apellidos.
Rectificaciones registrales.
Expedición de certificaciones oficiales.
Estos certificados son gratuitos cuando se solicitan por los canales oficiales de la Administración. El Registro Civil de Lleida expide directamente:
Certificado de nacimiento
Documento acreditativo del nacimiento con datos registrales completos.
Certificado de Matrimonio
Certificación oficial de la celebración del matrimonio civil.
Certificado de Defunción
Documento necesario para herencias, seguros y trámites posteriores al fallecimiento.
La cita previa suele ser obligatoria en procedimientos que requieran comparecencia personal, firma presencial o tramitación de expediente matrimonial.
Para la simple expedición de certificados ya inscritos, puede no ser necesaria la presencia física, dependiendo del estado de digitalización del asiento.
La cita debe solicitarse exclusivamente mediante los canales oficiales habilitados por la Administración.
Determinados procedimientos administrativos requieren como base un certificado del Registro Civil:
Últimas voluntades.
Seguro de cobertura por fallecimiento.
Apostilla para validez internacional.
Estos documentos son emitidos por organismos distintos.
Este portal es independiente y no forma parte de la Administración Pública.
La información ofrecida es orientativa y puede variar conforme a la normativa vigente.